Ley Fintech

Dr. Silvino Vergara Nava

“El capitalismo tardío cree que ha resuelto la historia,
pero no tiene cómo responder a las angustias
que originaron las realidades que
pretende haber superado.”

José Pablo Feinmann

El día jueves 1º de marzo de 2018, la Cámara de Diputados aprobó la denominada “ley Fintech”, que su nombre oficial es: “Ley para Regular las Instituciones de Tecnologías Financieras” que nació como una iniciativa de la Presidencia de México, presentada ante la Cámara de Senadores el día 10 de octubre de 2017, la cual, por la necesidad de regular esta materia, inmediatamente se aprobó por ambas Cámaras. Ahora está pendiente que se publique en el Diario Oficial de la Federación esta nueva regulación en México.

¿Qué regula la Ley para Regular las Instituciones de Tecnologías Financieras? Está reglamentando un sector que estaba desamparado en la legislación mexicana y que consiste en los pagos electrónicos, los financiamientos colectivos, las actividades financieras virtuales, las criptomonedas, los denominados “bitcoin”, que no tienen, hasta la fecha, un ordenamiento que reglamente sus actividades. Por ello es que, una vez que entre en vigor la ley, intervendrán diversas instituciones mexicanas como son: la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México; que establecerán una serie de reglas para que sean únicamente sociedades anónimas mexicanas las que oferten estos servicios bajo una serie de restricciones y verificaciones a estas entidades, con la finalidad de evitar, entre otras cosas, que el público consumidor de estos productos se vean sorprendidos con publicidades falsas, empresas fantasma, páginas fraudulentas, etc. También, como un segundo término, para evitar que el uso de estos medios tecnológicos financieros sea para el uso de los grupos criminales, como es el esconder sus recursos económicos con estos instrumentos financieros o, bien, que los secuestros sean pagados por esos medios. Otro de los objetivos es que estas herramientas financieras no sean usadas para evadir obligaciones fiscales y se cometan delitos de defraudación y elusión fiscal. Finalmente, también se establece en esta ley que el gobierno mexicano no se hace responsable por el uso de estos instrumentos financieros, ya que, desde luego, son bajo el propio riesgo de los usuarios las perdidas o ganancias. Y esto es claro, atendiendo a que este tipo de operaciones son excesivamente especulativas; por ende el Estado no puede involucrarse en la protección económica de quienes especulan por estos medios.

Atendiendo a esta nueva disposición, con la Ley para Regular las Instituciones de Tecnologías Financieras, también se reforma la ley denominada “anti-lavado de dinero” (Ley Federal para identificar y prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita), siendo esta la primera reforma a ese ordenamiento administrativo que inicio su vigencia en julio de 2013. Con esta reforma se establece que las operaciones que se hagan con estos instrumentos financieros deberán presentar avisos ante el SAT de los clientes que hacen uso de estos servicios —artículo 17 de la Ley Federal para identificar y prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita—.

Está pendiente, tanto el inicio de vigencia de la ley, como la implementación de las reglas para que estas sociedades anónimas funcionen. Sin embargo, esto es la reacción a esta fase del capitalismo actual, al que se denomina “Terminal” (Feinmann, José Pablo. Crítica del neoliberalismo. Buenos Aires: Planeta, 2016) o, bien, “Especulativo” (Beck, Ulrich. ¿Qué es la globalización? Falacias del globalismo, repuestas a la globalización. Barcelona: Paidós, 1998) o, también, “financiero”, (Bauman Zygmunt. 2002. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 2002). Y es que, precisamente, actualmente el capitalismo dejó de ser productivo, esto es, aquel que se aboque a la contratación de empleados para que se lleven a cabo los procesos de transformación de las mercancías; pues lo cierto es que, al ser esta fase del capitalismo simplemente especulativo, observamos este tipo de fenómenos como las “bitcoin”, que no tiene respaldo de alguna nación, sino que se sustentan en el simple interés de los inversionistas de obtener ganancias de forma voraz.

Compartir

Facebook
WhatsApp
Twitter
LinkedIn
Email