2018-2024: Una legislación fiscal de aislamiento

Silvino Vergara Nava

“Esperar todo del ‘gobierno de los mejores’ o del

‘pueblo sano’ es, además de un ejercicio de ingenuidad,

una forma de elitismo o de elitismo invertido”.

Daniel Innerarity

Estamos por finalizar esta administración pública federal y, es un momento adecuado como para poder analizar, cuál fue la característica sustancial en las políticas públicas de fiscalización a los contribuyentes, pues así como se sostuvo que en inicios de este siglo se estaba conformando un derecho fiscal de la sospecha, atendiendo a todas las reformas fiscales que implementaban el asumir que cualquier contribuyente se podía presumir que era potencial infractor o bien, potencial delincuente, y que durante dos administraciones públicas federales hubo una persecución absurda de contribuyentes, todo se tipificó como delito fiscal, lo peor de todo que se abrieron un sinnúmero de casos al respecto con consecuencias desastrosas.

En esta última administración pública federal de 2018 a lo que queda de la misma para septiembre de 2024, puede calificarse que se trató de una legislación fiscal heredada, porque en ese ámbito de la fiscalización, no hubo nada nuevo, menos aún hubo transformación, sino más bien continuidad, basta con analizar las tres reformas al código fiscal de la federación de 2020, 2021 y 2022, que propiamente, lo que sucedió con ellas es que apuntalaron una serie de procedimientos de fiscalización que ya estaban implementados desde 2014, y lo único que se hizo fue propiamente mejorarlos, enderezarlos, para que se tuviera mayor puntería en la fiscalización a los contribuyentes, pero realmente debe quedar claro que, así como en muchos campos del derecho y de la vida del país, no hubo modificación o transformación alguna.

Con lo que se venía heredando desde 2014, en realidad, lo que sucedió es que, se forjó una legislación para el aislamiento a los contribuyentes, algo sumamente peligroso para la economía del país, el resultado lo vemos todos los días en las calles, oficinas, fabricas, talleres de nuestra nación, pero, lo cierto es que, se estableció todo un sistema para impulsar el aislamiento a los contribuyentes, si quisiéramos analizar desde la parte constitucional esta actitud, evidentemente no se otorgó un trato igualitario a los particulares en esta administración pública federal, se crearon con estas políticas de aislamiento, contribuyentes de primera y segunda categoría, estos últimos los aislados, los desechados, los apestados.

Basta con verificar lo que está sucediendo en los procedimientos de fiscalización de las autoridades fiscales y con eso es suficiente para poder confirmarlo, todo circula en relación con invitaciones y revocación del certificado del sello digital y en particular, respecto a las invitaciones que coincidan la fecha y montos del entero y declaración de los impuestos con la fecha de expedición del comprobante fiscal, por lo cual, el no coincidir, se convierte en un problema muy grave, pues es inminente la revocación del certificado del sello digital, y esto para quedar así sin solución, hasta futuras administraciones públicas, pero si a esto se le adiciona que en los medios de defensa regularmente no se otorga la suspensión del acto reclamado que es la restricción del sello digital para que se restituya provisionalmente en tanto se encuentra en trámite el juicio respectivo, lo que convierte a ese contribuyente en uno de segunda categoría, un aislado del sistema, del cual no se va a permitir que pueda estar en condiciones de operar con todos las consecuencias que todos conocemos; problemas en las nóminas, los ingresos, los egresos, el entero de las contribuciones, presentación de declaraciones, etc.

Otro caso de estos, son aquellos que debido a que uno de los socios no cuenta con la firma electrónica, está en alguna lista de adeudos fiscales, entonces, la empresa de la cual es socio se le impide poder contar con el certificado del sello digital e incluso, con la renovación de la firma electrónica, por lo cual, nos topamos nuevamente con otro par de contribuyentes aislados, la sociedad y el socio de la misma, de segunda categoría, que se les expulsa de la economía formal, y así, nos podemos seguir con quienes tuvieron operaciones con contribuyentes que aparecen en la lista del artículo 69-B del Código fiscal de la federación, o bien, de los que se encuentran como no localizados por la autoridad fiscal, los que se encuentran con las cuentas bancarias embargadas, aquellos que salen publicados en el buró de crédito, etc., es decir, la característica actual es contar con contribuyentes aislados, rechazados de la economía formal, por lo cual simplemente estas políticas de fiscalización, heredadas de la administración pública federal anterior, lo que provoca es invitar  a una gran cantidad de particulares a sobrevivir en la economía informal.

A esto habrá que añadir a los que requieren del denominado “REPSE” para laborar y que, por trámites administrativos, a veces hasta ridículos, les impide que puedan estar en condiciones de operar, lo que, es más, prácticamente los rechazan de la economía formal y que se olviden de la parte tributaria y oficial. Incluso, las estadísticas lo confirman, desafortunadamente vemos como está incrementando la economía informal, no se ha realizado ningún intento en esta administración pública federal de incorporar a la economía formal, pero el problema principal ya no es ese, el problema principal actualmente es: ¿Cómo evitar que se siga expulsando contribuyentes a la economía informal?, sobre todo que, para muchos es absurdo, que sucede, por ejemplo que no se pueda renovar la firma electrónica, pues de ser así, no hay forma de presentar declaraciones, por ende de pagar, pero es una muestra, ese ejemplo, de que el objetivo actual no es recaudar, sino controlar a los contribuyentes, posiblemente el control político que se tenía con las personas hace 20 o 30 años de tipo penal, son ahora estos controles, pero desde la partida fiscal, por ello es que, estamos ante la presencia de una legislación fiscal de aislamiento. (Web: parmenasradio.org)

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