¿Es gasto público los 110 dólares a los venezolanos?

Silvino Vergara Nava

“Candil de la calle,

oscuridad de su casa”.

Refrán popular

“La política es una actividad que requiere

articular el equilibrio entre la gente,

los expertos, los funcionarios y

los profesionales de la política”.

Daniel Innerarity

Uno de los refranes más conocidos en el conocimiento popular es: “Candil de la calle oscuridad de su casa”, que hace alusión a que, se hace todo lo posible por ayudar, por quedar bien afuera de la casa, aunque adentro de ella, con la propia familia, esto sea lo contrario.

Y, ese refrán puede ser aplicable a la noticia que de la noche a la mañana se anunció en este mes de marzo de 2024, en el sentido de que, el gobierno mexicano implementó un acuerdo con el gobierno de Venezuela para apoyar por seis meses a razón de 110 dólares al mes a los venezolanos que son deportados de México a Venezuela, siendo parte de los apoyos sociales que la actual administración pública federal otorga desde sus inicios, esto con la finalidad de que se ayude a estas personas que deben de regresar a sus lugares de origen y propiamente ya no pretendan nuevamente emprender la aventura de tratar de migrar a los Estados Unidos de América.

Pero, el problema particular es que, este dispendio de dinero del gobierno mexicano tiene muchas consecuencias, algunas de ellas jurídicas y otras de corte sociológico, en el primer orden, es determinar si es que, en el presupuesto de egresos de este año, se encuentra previsto este programa de apoyos, o bien, si estos recursos, que no se ha indicado cuanto es el monto con que se cuenta para hacer frente a este compromiso, se tendrá que desviar de otros rubros a los cuales ese dinero ya estaba presupuestado, por ende, esto es un problema jurídico, porque se está desviando los recursos a otros fines que no son los establecidos en el presupuesto de egresos de forma democrática por parte de la Cámara de Diputados, lo cual es materia, por lo menos, de responsabilidad administrativa de quienes tomaron esa determinación.

Además, habría que analizar, cuál es el sustento jurídico de ese acuerdo con Venezuela, si se trata de un tratado internacional, si se trata de un acuerdo, entonces, ¿cuál es el alcance jurídico de ese acuerdo?, si en su caso, era necesario ratificarlo ante el Senado como un tratado internacional, o bien ¿Cuál es la razón por la cual un acuerdo en donde se va a destinar dinero del gobierno mexicano que no se va a autorizar por el Senado como lo exige la Constitución?, simples preguntas que, la respuesta queda en ese refrán: “Candil de la calle, oscuridad de su casa.”

Eso no es todo, también se presenta la problemática, desde la parte sociológica, que se encarga de analizar el cumplimiento de la ley por los ciudadanos, esto es la sociología jurídica o la sociología del derecho, en donde ahora se pudiera argumentar que, con esta propuesta, convenio o tratado con los venezolanos, se incrementa la justificación de miles de contribuyentes de no pagar contribuciones, porque asumen que no van destinados al gasto público, pues se pone en tela de juicio si es que se trata de gasto público apoyar a los migrantes venezolanos, que con todo respeto, finalmente no son de aquellos contribuyentes nacionales que estén pagando regularmente sus impuestos. Además de que, así como hay dispendio para con los venezolanos, ¿cómo es posible que no haya un mejor trato a los contribuyentes, sobre todo, porque estos son mexicanos?, y es que, basta con analizar lo que está pasando en el día a día a los contribuyentes, que son mexicanos que deben de contar con el pago puntual de sus impuestos y que en el momento más insignificante en el cumplimiento de sus obligaciones, resulta que, la autoridad fiscal mexicana está presta a que se le requiere, se imponga una multa, se realice una invitación por la falta de pago, o en su caso, se revoque el certificado del sello digital, que es un instrumento tecnológico para poder expedir las facturas que se necesitan para operar las empresas, en ese caso, también el trato debería de ser tan diferenciado como está sucediendo con los migrantes venezolanos, en estos caso, no hay escapatoria para los contribuyentes por el incumplimiento de sus obligaciones, un ejemplo más de: “Candil de la calle, oscuridad de su casa”. (Web: parmenasradio.org)

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