Silvino Vergara Nava
“El capitalismo de vigilancia es
un concepto de economía política
que denota la recopilación y
mercantilización generalizada de datos
personales por parte de las corporaciones.” Shoshana Zuboff
En este afán de recaudación para la subsistencia de los consumidores artificiales, es decir, todos los que se han creado por la generación de esta gran gama de pensiones que se han promovido en México en los últimos seis años, para mantener este capitalismo del consumo, de la vigilancia, o también denominado como capitalismo financiero, que ante este exceso de mercancías en el mundo, propiedad de los monopolios y, la poca capacidad de consumo, que es solo de unos pocos, es que se ha fomentado estas políticas publicas de todo un catalogo de pensiones, bañadas de legitimidad con el uso del discurso de los derechos sociales. Así, ahora, observamos que desde mediados del año pasado y en los inicios de este 2025, se han abierto masivas invitaciones, bastantes revisiones de escritorio, y pocas visitas domiciliarias (por falta de personal, no por otra cosa) para fiscalizar el ejercicio fiscal de 2020, olvidándose de todo lo que sucedió en ese espantoso año para la humanidad.
Efectivamente, se están cumpliendo cinco años de la pandemia, algo no visto en las últimas décadas en el mundo, que más que haya paralizado la vida, lo que hizo es que acabó con la vida de millones de personas. Según la Organización Mundial de la Salud, aproximadamente murieron 14.9 millones de personas en el mundo, algo así como el número de muertos en la primera guerra mundial (alrededor de 20 millones de personas), pero en cuatro años, y el COVID fue de prácticamente un par de años.
En México, murieron casi un millón de personas por el COVID, en las estadísticas oficiales, que no son muy creíbles, no obstante, es aproximadamente el mismo número de personas que murieron en la revolución mexicana, pero esta con duración de aproximadamente siete años entre 1910 y 1917.
Con todos estos datos resulta extraordinario lo visto hace cinco años en el mundo y que en México no fue excepción, adicional a los fallecidos en esos tiempos, los estragos económicos fueron muy graves y lapidarios para muchos, no vayamos muy lejos en los servicios profesionales como son el caso de los asesores legales, contables, en administración, mercadotecnia y negocios en general, es bien sabido que muchos de estos tuvieron que dejar sus oficinas para trabajar permanentemente en el denominado “home office”, perdida de empleos, cierre de locales comerciales, talleres, fabricas, etc., es el común denominador de ese ejercicio fiscal de 2020, cada quien subsistió como pudo, algunos sin salarios, ni pago de honorarios, otros pagando una parte de los sueldos, otros pagando en forma integra los sueldos, es decir, tiempos excepcionales, que esperemos no volver a vivir.
No obstante, todos estos sucesos, es bien sabido que no hubo decreto alguno que permitiera enfrentar en México estos problemas económicos y de salud de mejor forma, solamente decretos que diferían los pagos de impuestos, reducción de multas y de recargos, pero fuera de ello, el comportamiento de la autoridad fiscal fue como si no hubiera pasado nada, o no hubiera sido en la magnitud que aquí brevemente comparamos.
Adicionalmente a esa dejadez gubernamental de no prever al respecto programas de rescate de las empresas, hay que abundar con que, en estos últimos tiempos se encuentran abiertas revisiones, invitaciones e incluso, hasta restricciones de certificados de sellos digitales fiscalizando el ejercicio fiscal de 2020, lo cual es algo preocupante que no haya la sensibilidad de no revisar ese ejercicio fiscal e incluso 2021, pero eso no queda solamente en una simple preocupación o lamentación, sino que esto va más allá, en el sentido de que se trata de una serie de revisiones que resultan contrarias a derecho, ya que se han perdido a veces en la defensa de los contribuyentes, aquellos principios generales de derecho, denominados como “brocardos” en la pre-modernidad, como aquel que reza: “Ante lo imposible nadie está obligado”.
Esos periodos en tanto, no exista un programa de regularización no es viable jurídicamente revisarlos, son incluso, medidas des-proporcionales por parte de la autoridad fiscal, y que ahora en el caso de los contribuyentes que son afectados por estas revisiones deberían considerar que las irregularidades e incumplimientos de las obligaciones fiscales por el ejercicio fiscal de 2020, son por caso fortuito, por ende, no puede ser materia de la determinación de un crédito fiscal, de multas, de revocación de sellos digitales, de negar la renovación de la firma electrónica.
Es un problema que se causó porque el propio Estado no implementó las medidas necesarias para afrontar esos periodos, por ello es que no debería de haber consecuencia alguna al respecto de esos incumplimientos en esas fiscalizaciones.
Desafortunadamente, en este periodo de olvido de los principios generales de derecho, que se insiste, más apropiadamente denominados como: “brocardos”, habrá que esperar sobre esta situación, qué es lo que resolverán los tribunales y qué papel jugarán al respecto, ya sea como auxiliares de la recaudación o bien, como verdaderos vigilantes y tutores del Estado de Derecho. (Web: parmenasradio.org)