Contribuyentes; a periodicazos

Dr. Silvino Vergara Nava

“Los ciudadanos no podemos, ni debemos

ser expertos, por supuesto, sino mas bien,

“generalistas” pero hay un umbral por debajo 

del cual seríamos incapaces de llevar a cabo

un juicio cívico razonado”.

Daniel Innerarity

Desafortunadamente, todo apunta a que la cuarta transformación que se anhela en este país no llegó a la materia fiscal, cuando era uno de los pilares para esa transformación necesaria y urgente que requiere la nación. Pero esto no se ha cristalizado, ya que se sigue con las mismas anomalías y manías que de los sexenios pasados.

Resulta que, cada ejercicio fiscal, era costumbre, desde hace 30 años, tratar a los contribuyentes en las últimas semanas del año a “periodicazos”, es decir con una cascada de reformas fiscales. A veces, el último día, se publicaban en el Diario Oficial de la Federación las reformas y modificaciones tributarias que inician su vigencia al año siguiente. Este año de 2022 no es la excepción. A decir de la gran cantidad de reformas fiscales que ya se encuentran vigentes, podemos ver que sigue la misma práctica absurda y contraria a cualquier estabilidad de las normas jurídicas, uno de los requisitos esenciales de la seguridad jurídica. Además de que la estabilidad es un estímulo a los gobernados, a las empresas, a los inversionistas. Pero aquí en México eso no lo conocemos, lo que sucede es que se inventa el país fiscalmente cada año y para muestra la reforma para este incipiente 2022.

Todo ese martirio de reformas fiscales para este año de 2022 inició con las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021, primero con la ley de ingresos de la federación para 2022, en la misma fecha la reforma a la ley del impuesto sobre la renta, la ley del impuesto al valor agregado, la ley del impuesto especial sobre producción y servicios, el código fiscal de la federación. Todas estas nuevas reformas hacen el volumen de un libro, y la mayoría de ellas entran en vigor en este enero de 2022.

Por su parte, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el 21 de diciembre de 2021, para que también entren en vigor en enero de 2022, la reforma al reglamento interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, así como las reformas al reglamento interior del servicio de administración tributaria, y la publicación del reglamento de la agencia nacional de aduanas de México, que es un organismo nuevo, que entró en funciones el 1 de enero de 2022, y que se dedica al control de las importaciones y exportaciones de México, por ende, se dio después de 25 años la división esperada de las contribuciones internas administradas y fiscalizadas por el Servicio de Administración Tributaria, quien se ha dividido con la creación de la denominada agencia nacional de aduanas de México, por ende, a todas las operaciones de comercio exterior le corresponderá fiscalizar y controlar a esa agencia.

Por si fuera poco, en fecha 24 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo del SAT, en donde se actualizan los montos de los impuestos sobre bebidas refrescantes, cigarros, y combustible, principalmente gasolina y diesel, actualización que se llevó a cabo atendiendo a la inflación del año de 2021, por ende, la tasa del incremento de estos impuestos fue sobre el 7.3%, que a decir de los expertos, estos impuestos lo que provocan es el incremento de los precios de todos los productos, sobre todo si es que incrementa el valor de los combustibles. Y en el caso de las bebidas refrescantes, con la justificación absurda de la Organización Mundial de la Salud –de quien dependen las políticas mundiales para contener la pandemia- que propuso a México en 2013 la imposición de este impuesto, supuestamente para des-estimular el consumo de bebidas azucaradas, pues resulta que no cumple con su cometido, pero sí el de aumentar la recaudación de impuestos y, sobre todo, hacer más pobre al pobre. Porque quien adquiere como último consumidor estas bebidas no son las grandes empresas o compañías, sino los simples ciudadanos de a pie, a quienes sí afecta directamente a su bolsillo ese impuesto sobre las bebidas refrescantes.

Pero eso no es todo, el 27 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la denominada miscelánea fiscal, esto es una de las reglas de carácter general para el año de 2022, que cuenta con un volumen de aproximadamente 300 páginas, que ya entraron en vigor en este enero de 2022, y que son las disposiciones indispensables para entender la reforma publicada el 12 de noviembre de 2021, así de compleja la situación fiscal en este país.

Por último, en fecha 31 de diciembre de 2021, se publicó, para que entre en vigor en enero de 2022, otro acuerdo por parte del SAT, en donde se delega funciones a los servidores públicos con la finalidad de fiscalizar a los contribuyentes.

Todas estas reformas fiscales no son otra cosa más que una forma de tratar a los contribuyentes a periodicazos, como ha sido desde hace mucho tiempo, desde luego que esto lo único que causa es una serie de preocupaciones a los contribuyentes que no existirían sino se dan estas “ocurrencias legislativas”, pareciera más un desvío de la atención a los contribuyentes de temas más importantes, que al parecer no hay forma de que se puedan contener, la devaluación de la moneda, el desempleo, el crimen organizado, la inseguridad pública, la dependencia de México de las remesas, la estanflación, quedan en segundo término con esta serie de regulaciones, que al parecer no importa que siempre que hay un cambio de ese tipo, provoca una disminución en la recaudación, pues muchos contribuyentes, ante la duda, prefieren suspenderse de actividades fiscales, y esto lo que provoca es una menor captación de contribuciones. Lo cierto es que, a sabiendas de ello, se prefiere provocar este clima de preocupación que propiamente la recaudación. Es decir, funciona el tratamiento a los contribuyentes “a periodicazos”. (Web: parmenasradio.org).

Compartir

Facebook
WhatsApp
Twitter
LinkedIn
Email