Cobrando impuestos como sea

Dr. Silvino Vergara Nava

“Tenemos la sensación de que no gobiernan
los que tendrían que gobernar, y mandan
quienes no tienen la legitimidad para ello.”

Daniel Innenarity

En los últimos tiempos, en México, sobre todo a partir de la reforma tributaria de 2014, ha sido muy difícil entender cuándo las políticas tributarias deben estar sobre los derechos fundamentales y cuándo estos sobre ellas, y, sobre todo, es difícil entender la razón por la cual las políticas tributarias deban estar sobre los derechos, pues, supuestamente el artículo 1 de la constitución establece que el Estado está para respetar y garantizar los derechos de los gobernados.

Sin embargo, ocurre, y un ejemplo de ello es la última jurisprudencia del poder judicial respecto a los requisitos para la procedencia de las deducciones de los gastos médicos y las formalidades necesarias para su procedencia (RENTA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA, tesis 1ª./J.28/2019 (10ª.), núm. de registro 2019643, 2019), que sostiene que esa regulación de 2014 es constitucional. Una regulación respecto a la cual, por cierto, esta denominada cuarta transformación no ha manifestado crítica alguna —no se diga seria, sino, por lo menos, en las conferencias matutinas— de su inoperancia, de su amplia arbitrariedad, del estado de incumplimiento en que ha dejado a todos los contribuyentes de México. Regulación que se defiende diciendo que los requisitos formales para el pago de esos gastos médicos es proporcional y, por ello, es constitucional; sostiene textualmente: “tal condicionante se estableció por razones de política fiscal a efecto de identificar el pagador del gasto que se deduce, lo que otorga mayor certeza de que las personas que las realizan son quienes efectuaron el gasto y que sean coincidentes con las erogaciones a que se refiere la ley, lo que permitirá evitar actos de evasión y elusión fiscal, además de que facilita el ejercicio de las facultades de comprobación con las que cuenta la autoridad hacendaria, de lo que se tiene que es válido que las personas físicas, por regla general, deban efectuar sus erogaciones a través de los esquemas instaurados por el sistema financiero”.

Con lo anterior, queda claro que, sin sustento alguno, se le da prioridad a las políticas tributarias, en vez de a los requisitos constitucionales de las contribuciones: las cuales deben ser, entre otras cosas, proporcionales. Por ello, resulta muy difícil comprender por qué las políticas tributarias deben estar sobre los derechos fundamentales, ya que la propia tesis no establece las razones por las cuales no hay violación al principio de proporcionalidad de los impuestos al exigir una serie de formalidades para el pago de las deducciones, incluso cuando su deducibilidad proceda conforme a la ley del impuesto sobre la renta; ya que la citada tesis indica: “Por tanto, el establecimiento de requisitos formales por parte del legislador para poder efectuar una deducción, en principio, no implica una vulneración al principio de proporcionalidad tributaria, pues la imposibilidad de considerar un gasto dentro del esquema del impuesto sobre la renta deriva del incumplimiento de esa formalidad, pero no por el desconocimiento —per se— por parte del legislador de ese gasto”.

Así, es claro que hoy vivimos, paradójicamente, en uno de los tiempos donde hay menos presencia legitimadora en y para las instituciones del Estado, pues resulta que se deja en el limbo una serie de respuestas que deben existir para legitimar las medidas que se implementan en las leyes, en particular, las tributarias. Bien sostiene Daniel Innenarity: “Nuestro gran problema es […] la clase política. El sistema es malísimo y nosotros inocentes. La indignación puede seguir sustituyendo cómodamente a la reflexión y al esfuerzo democrático” (Un mundo de todos y de nadie, Barcelona: Paidós, 2013).

Evidentemente, es necesario un cambio en las instituciones y en las personas que lo conforman, no por un mero capricho, sino por la necesidad de que el gobierno deje de ser de personas y sea, en cambio, de instituciones que se encuentren debidamente legitimadas; pues, de lo contrario, seguirán sucediendo hechos tales como que se cobren los impuestos como sea.

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