Con la carta porte: ¡Regresan los impuestos alcabalatorios¡

Dr. Silvino Vergara Nava

“En política:

si las cosas no cambian,

es porque siguen igual”

El Filósofo de Güémez

En 2021: ¿Quién dijo que estábamos en la pos-modernidad?, ¿Quién afirma que hemos transcurrido por la modernidad?, ¿Quién dice que la humanidad ya transitó por la edad media, las cruzadas, las imposiciones de los reyes y los príncipes?, ¿En donde se escribió que hay derechos de libertad, de igualdad, de límite a las funciones de las autoridades, de libertad de tránsito? Pareciera que la historia nos engañó, pues todo apunta a que no salimos de esos tiempos medievales, en donde todo era por la voluntad del príncipe o el rey. Y es que, para prueba, un botón, a partir del inminente mes de diciembre de 2021, y para 2022, se ha impuesto por medio de simples reglas de carácter general en México, el denominado pomposamente: “complemento de carta porte” que deben expedir los contribuyentes.

En los tiempos de la pre-modernidad, es decir, antes de que se fueran conformando los Estados como hoy los conocemos, las obligaciones de pago de impuestos se establecían a criterio de los reyes y los príncipes, quienes impedían, desde luego, la circulación de las personas en las limitadísimas vías de comunicación, no permitían el movimiento de las personas, es más, durante aproximadamente 600 años, gran parte de la población del planeta de ese tiempo no conoció más que un espacio muy reducido en donde nació, y allí mismo, en no más de una hectárea, crecía, se reproducía, y moría. No había movilidad alguna, pues el riesgo era mucho y alto, de transitar en los caminos de los reinos, tanto  por los asaltos, confiscaciones, apropiación de los menores y las mujeres, violaciones y homicidios, o bien, también estaba la otra opción, que era el pago de los impuestos alcabalatorios que propiamente cobraban en contubernio los señores feudales con los propios príncipes y reyes, es decir, ese impuesto era creado por cada propietario de los feudos en los términos y condiciones que a cada quien le parecía, y si un transeúnte con sus mercancías se negaba a pagar el impuesto, simplemente se le impedía el paso, se le confiscaban sus mercancías, hijos y mujeres que iban acompañándolo.

En la actualidad el SAT, con la finalidad de aparentemente regular las operaciones de los contribuyentes, particularmente en el traslado de mercancías, -y de paso resolver el problema de los asaltos en carreteras federales- estableció una regla miscelánea que entrará en vigor el 1º. de diciembre de 2021, -ya después de algunas prórrogas- para que todo aquel que transite con mercancías para su comercialización deba de expedir, por medio electrónico, su carta porte. Por ende, la autoridad fiscal tendrá conocimiento del tránsito de esas mercancías, desde luego con una serie de requisitos formales para su llenado, lo cual complica la elaboración de los mismos y, sobre todo, la incapacidad de muchas empresas y contribuyentes para cumplir con esa obligación. Además de que se confirma lo que ha sucedido en los últimos 20 años en el país y que continúa con esta Administración Pública Federal, que se legisla no por parte del congreso de la unión, sino que se legisla por medio de las autoridades fiscales, por ende, estas ponen la norma, la interpretan y la aplican, todo en un sólo poder, el de la Administración Pública.

Lo cierto es que estos denominados “complementos de carta porte” para quienes deben de transportar sus mercancías, no es otra cosa sino que un paso más a la lentitud en nuestras actividades económicas, pues lejos de impulsar las operaciones de comercio las autoridades, con el afán de supuestamente controlar el transporte de mercancías y con ello, indirectamente el problema de los robos y asaltos de las mercancías en tránsito, es un golpe más a la pésima economía del país, con esas medidas que solamente causan más problemas, pero sobre todo más corrupción, pues quien estará vigilando y aumentará con ello sus cuotas de pago son los agentes de tránsito, los policías de los caminos, las entradas y salidas de las poblaciones, que impedirán, -como ya se está haciendo en muchos municipios y ciudades de la nación- la circulación, la entrada y salida de los vehículos de transporte, que simplemente se resolverá con la cuota diaria que se debe de dar y que es un hecho notorio que no ha desaparecido, por el contrario, con esta serie de medidas se está incrementado. Por ello es que, con esta carta porte, más que otra cosa, es la institucionalización en México de nuevo de los impuestos alcabalatorios, de los que supuestamente en la Constitución están expresamente prohibidos, sin embargo, la prohibición es que los imponga y cobre la autoridad fiscal. Aquí, quien lo va a cobrar es el señor feudal, que es conocido como policías o agentes de tránsito. A lo largo y ancho de nuestra nación, es contundente observar que seguimos viviendo en los tiempos medievales de los impuestos alcabalatorios. (Web: parmenasradio.org).

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